¿Es obligatoria la boleta electrónica? Lo que exige el SII hoy

Revisado el 31 de octubre de 2026

La respuesta corta

Sí. Desde 2021 todo negocio que vende a consumidor final tiene que emitir boleta electrónica, por cada venta y sin monto mínimo, y en ventas presenciales tiene que entregarla impresa.

Desde cuándo

La Ley 21.210 hizo obligatoria la boleta electrónica. Empezó el 1 de enero de 2021 para quienes ya emitían factura electrónica y el 1 de marzo de 2021 para el resto.

La boleta de papel quedó atrás: quien emitía boletas de papel tiene que emitirlas en formato electrónico.

Por todas las ventas, sin monto mínimo

Antes existía un mínimo de $180 bajo el cual no era obligatorio dar boleta. La Resolución N° 60 de 2023 lo dejó sin efecto: hoy se emite boleta por cada venta, sin importar el monto.

Esto pega fuerte en almacenes, botillerías y comida rápida, donde hay muchas ventas chicas al día. Emitirlas a mano, una por una, deja de ser práctico.

Impresa en las ventas presenciales

Desde el 1 de mayo de 2025 (Resolución N° 12 de 2025), en las ventas presenciales hay que entregar al cliente la boleta impresa o el comprobante de pago.

Mandarla por WhatsApp o correo se puede, pero no reemplaza la impresa. El plazo especial para quienes todavía no tenían impresora terminó el 1 de marzo de 2026.

  • Pago en efectivo o transferencia: boleta electrónica impresa.
  • Pago con tarjeta: la boleta impresa o el voucher, según cómo emitas (ver la guía del voucher).

Qué pasa si no la emites

No emitir boleta es la infracción del artículo 97 N° 10 del Código Tributario. Se castiga con una multa calculada sobre el monto de la venta, con un mínimo y un máximo en UTM, y además con la clausura del local por algunos días.

El SII aclara que la clausura va junto con la multa, incluso en la primera infracción. Pagar la multa no evita el cierre.

Cómo lo resuelve VendeOnline

  • Cada venta de la caja, la mesa o la tienda en línea puede salir con su boleta electrónica, sola, sin escribir nada a mano.
  • La boleta se imprime en la impresora de la caja y también se puede mandar por WhatsApp o correo.
  • Si se cae internet, la caja sigue vendiendo con boleta y la sube al SII al volver la conexión.

La boleta electrónica está incluida en los planes Emprende y Pro.

Preguntas frecuentes

¿Tengo que dar boleta por una venta de $100?+

Sí. Desde la Resolución N° 60 de 2023 no hay monto mínimo: se emite boleta por cada venta, sin importar el monto.

¿Basta con mandar la boleta por WhatsApp?+

En ventas presenciales no. Desde mayo de 2025 hay que entregarla impresa (o el voucher, si pagan con tarjeta). Enviarla además por WhatsApp o correo está permitido.

¿Qué pasa si me fiscalizan y no di boleta?+

Es la infracción del artículo 97 N° 10 del Código Tributario: multa sobre el monto de la venta y clausura del local. El SII indica que la clausura se aplica aunque sea la primera vez.

Fuentes

Revisado contra las normas publicadas en sii.cl el 31 de octubre de 2026. Es información general y no reemplaza la asesoría de tu contador; ante cualquier duda, la norma vigente en sii.cl manda.

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